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Comentario Editorial/Opinión

 

 

Fernando M. Fernández: Efectos sobre
los derechos humanos del resultado del
referendo


En mi opinión, la gran mayoría de los artículos propuestos contenían normas que contradecían diametral y abiertamente al resto de artículos de la Constitución de 1999, por lo que tales incompatibilidades contenidas en un mismo texto habrían generado confusión e inseguridad, lo que se traduciría en caos jurídico, con inevitables efectos negativos en los derechos humanos.

Pero, lo que más se afectaba en la reforma propuesta eran los derechos humanos, particularmente, los derechos civiles, los derechos económicos, los derechos culturales y los derechos políticos. Asimismo, de manera indirecta, al cambiar instituciones políticas se restringían derechos humanos. En el caso de los Estados de Excepción se abrogaban derechos fundamentales como el debido proceso, el derecho a la información y los demás derechos humanos intangibles.

Con el resultado del referendo queda en evidencia la necesidad de cumplir con el mandato constitucional en la definición las políticas públicas destinadas a garantizar y desarrollar los derechos humanos, consagrados en la Constitución de 1999, a saber:


• Brindar seguridad personal y jurídica

• Combatir a la inflación

• Erradicar la corrupción

• Ordenar el tránsito terrestre

• Eliminar el desabastecimiento

• Combatir el desempleo

• Generar confianza a los inversionistas

• Reformar el Sistema de Administración de Justicia, el Subsistema Policial y el Subsistema Penitenciario y que se garanticen el acceso a una justicia imparcial, objetiva, oportuna, democrática y justa, especialmente para el caso de las víctimas de delitos y abusos de derechos humanos.

• Se debe dictar un nuevo Código Penal que tutele los derechos humanos y elimine privilegios legales del Estado y sus funcionarios, tipificar el delito de tortura, reformar el delito de desaparición forzada de personas, implementar el Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional, legislar en seguridad ciudadana, entre otros temas prioritarios.

• Se confirma el mandato de la Constitución de 1999 sobre leyes en mora que la deben desarrollar tales como la seguridad social, el horario de trabajo y otras leyes pendientes.

Los efectos sobre los derechos humanos

No me propongo ser exhaustivo, pero destaco los siguientes efectos jurídicos:

• Se mantiene incólume la Constitución de 1999.
o Se rechazó la reforma de todos y cada uno de los 69 artículos de los dos bloques: (A) propuestas del Presidente y (B) de la Asamblea Nacional)

• El resultado de la aprobación mayoritaria del NO equivale a una confirmación del listado de derechos humanos previstos en la Constitución de 1999. En tal sentido, los relegitima como contenido esencial y expresión del pacto social que aglutina la Nación.
o Se rechazaron todos y cada uno de los artículos propuestos y sus contenidos que contradecían y se oponían a los principios y derechos humanos constitucionalizados

• Quedó firme el mandato constitucional que imposibilita que cualquier otro u otros proponentes repitan la propuesta tanto en bloque como de forma individualizada, durante el presente período constitucional.

• Se rechazó el trámite de la Asamblea Nacional debido a que la propuesta del Bloque B obtuvo más votos por el NO.

• Se mantiene el Estado Democrático y Social, de Derecho y de Justicia, consustanciado con el principio de preeminencia de los derechos humanos y se rechazó el Estado Socialista, con preeminencia de los privilegios del Estado.

• Se mantiene invariable el derecho humano y la garantía constitucional de la propiedad, con todos sus atributos y su núcleo esencial
o Se rechazó considerar a la propiedad privada como una forma más entre varias en las que el Estado es el titular del derecho. No habrán ocupaciones indebidas.

• Se mantiene invariable el derecho a la inversión, producción y divulgación de las obras científicas, artísticas y literarias.

o Se rechazó la eliminación de la propiedad intelectual como un derecho humano cultural.

• Se mantiene la economía de mercado con responsabilidad social.

o Se rechazó la economía socialista dirigida por el Estado.

• Se mantiene el derecho humano a dedicarse a la actividad lucrativa, laboral, profesional, empresarial, comercial de la preferencia de cada uno y se rechazó la eliminación de ese derecho.

• Se mantiene la participación social de forma democrática y se rechazó el sistema de la comuna (eliminación de la privacidad y de la propiedad privada)

• Se mantienen los principios de progresividad, igualdad, interdependencia, indivisibilidad e irrenunciabilidad de los derechos humanos y se rechazó el principio de colectivización en el cual los intereses colectivos y comunes están por encima de los individuales.

• Se mantiene el principio de alternabilidad democrática de todos los cargos de elección popular y se rechazó la reelección indefinida del Presidente con exclusión de otros funcionarios para cargos electivos.

• Se mantiene el principio de división de los Poderes Públicos y se rechazó el principio de la unidad de los poderes Públicos, bajo dirección del Presidente de la República.

• Se mantiene la autonomía del Banco Central de Venezuela y se rechazó el que sea dirigido por el Presidente de la República.

• Se mantiene la incolumidad de las reservas internacionales y se rechazó la libre disposición de las reservas por el Presidente de la República.

• Se mantiene el nombre de Santiago de León de Caracas para la ciudad capital y se rechazó el nombre de Waraira Repano.

• Se mantiene la edad legal para votar en 18 años y se rechazó la reducción de la edad 16 años para votar.

• Se mantiene la pluralidad social y política de todos y todas y se rechazó la exclusión social y discriminación de los NO socialistas.

• Se mantiene el principio institucionalista de la Fuerza Armada y se rechazó que esté al servicio de una parcialidad.

• Se mantiene la integridad político territorial del país

• Se mantiene la descentralización del Estado y se rechazó la creación de nuevas ciudades y entes federales

• Se mantiene la independencia del país.

• Se mantiene intacto el régimen de los Estados de Excepción y la Ley que los desarrolla no fue derogada, como se proponía. Se rechazó la eliminación del derecho al debido proceso, a la información y otros derechos humanos intangibles durante los Estados de Excepción.

Fernando M. Fernandez es abogado y socio de la firma Baker & Mackenzie (fernando.fernandez@bakernet.com). Los puntos de vista expresados no necesariamente son los de Petroleumworld.

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