VenEconomía:
Gatos
por liebres en el cambio constitucional
Faltan
17 días para el referendo consultivo donde se someterá a
consideración de los venezolanos el proyecto para una nueva
Constitución, pasando por alto que todo el proceso de cambio
constitucional ha estado viciado y ha sido violatorio de la Constitución
vigente de 1999.
Una de estas violaciones, fue la incorporación por parte del
Parlamento de modificaciones a 36 nuevos artículos, adicionales
a los 33 de la propuesta original del Presidente, sin cumplir con los
extremos legales que exigen que esos cambios se deben someter a tres
discusiones en el Legislativo.
No conforme con ello, el Parlamento incluyó en el documento
entregado al Consejo Nacional Electoral (CNE) otros nuevos cambios
que pasaron desapercibidos a la opinión pública.
Uno de los más importantes, es el cambio introducido a última
hora al artículo 153, que había propuesto la Comisión
Mixta. Según, este artículo la República podrá promover "la
integración, la confederación y la unión de América
Latina y del Caribe, a objeto de configurar un gran Bloque Regional
de Poder Político, Económico y Social".
La inclusión de la palabra confederación parece ir dirigida
principalmente a darle un piso político a una eventual fusión
entre Cuba y Venezuela, para formar la Republica de "CubaZuela".
También se podrían anexar a esa confederación
Bolivia, Ecuador, Argentina, Nicaragua o cualquier otro país
afín al proyecto, como lo pretendieron hacer Egipto y Siria
entre 1958 y 1961 con los países panarábicos, en el proyecto
de la República Árabe Unida.
Igualmente en las disposiciones transitorias también se incluyeron
otros cambios importantes, los cuales no fueron discutidos en el Parlamento
y que además, pasarán directo al texto constitucional
sin someterse a votación en el Referendo.
Por ejemplo, en la primera disposición transitoria se le da
prioridad legislativa a la promulgación de 15 leyes, entre ellas,
una reforma de la Ley Orgánica del Trabajo.
Esta reforma establece
un nuevo régimen para las prestaciones sociales, el cual contempla
que "el pago de las mismas será proporcional al tiempo
de servicio calculado con base al último salario devengado".
Es decir, se reestablece la retroactividad. Hasta aquí no habría
nada nuevo, ya que la Constitución de 1999 prevée restituir
la retroactividad en materia laboral. El detalle es que ésta
dejó esta tarea para que la Asamblea Nacional la incorporara
en una nueva ley, pero en el cambio constitucional propuesto la retroactividad
entrará en vigencia de manera inmediata al aprobarse la "reforma
constitucional".
Y por si fuera poco, en la disposición final se ordena que los
cambios sancionados se impriman íntegramente en un solo texto,
en el cual se correjirá a discreción el resto de los
artículos de la Constitución del 99, con la excusa de
aplicar "la nueva terminología" señalada en
la reforma constitucional, suprimiéndose o sustituyéndose
según sea el caso. Lo que es lo mismo que decir que de la Constitución
de 1999 no quedará ni el nombre
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Nota
del Editor: Este comentario fue originalmente publicado por VenEconomía,
el 15 de Noviembre del 2007. Reproducimos el mismo en beneficio de
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16 11 07
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