Venezuela

 

Bolivia

Inglés

Perú

Trinidad
&
Caribbean




 



 

 

Comentario Editorial/Opinión

 

 

 

VenEconomía:
Gatos por liebres en el cambio constitucional

 

 




Faltan 17 días para el referendo consultivo donde se someterá a consideración de los venezolanos el proyecto para una nueva Constitución, pasando por alto que todo el proceso de cambio constitucional ha estado viciado y ha sido violatorio de la Constitución vigente de 1999.

Una de estas violaciones, fue la incorporación por parte del Parlamento de modificaciones a 36 nuevos artículos, adicionales a los 33 de la propuesta original del Presidente, sin cumplir con los extremos legales que exigen que esos cambios se deben someter a tres discusiones en el Legislativo.

No conforme con ello, el Parlamento incluyó en el documento entregado al Consejo Nacional Electoral (CNE) otros nuevos cambios que pasaron desapercibidos a la opinión pública.

Uno de los más importantes, es el cambio introducido a última hora al artículo 153, que había propuesto la Comisión Mixta. Según, este artículo la República podrá promover "la integración, la confederación y la unión de América Latina y del Caribe, a objeto de configurar un gran Bloque Regional de Poder Político, Económico y Social".

La inclusión de la palabra confederación parece ir dirigida principalmente a darle un piso político a una eventual fusión entre Cuba y Venezuela, para formar la Republica de "CubaZuela". También se podrían anexar a esa confederación Bolivia, Ecuador, Argentina, Nicaragua o cualquier otro país afín al proyecto, como lo pretendieron hacer Egipto y Siria entre 1958 y 1961 con los países panarábicos, en el proyecto de la República Árabe Unida.

Igualmente en las disposiciones transitorias también se incluyeron otros cambios importantes, los cuales no fueron discutidos en el Parlamento y que además, pasarán directo al texto constitucional sin someterse a votación en el Referendo.
Por ejemplo, en la primera disposición transitoria se le da prioridad legislativa a la promulgación de 15 leyes, entre ellas, una reforma de la Ley Orgánica del Trabajo.

Esta reforma establece un nuevo régimen para las prestaciones sociales, el cual contempla que "el pago de las mismas será proporcional al tiempo de servicio calculado con base al último salario devengado". Es decir, se reestablece la retroactividad. Hasta aquí no habría nada nuevo, ya que la Constitución de 1999 prevée restituir la retroactividad en materia laboral. El detalle es que ésta dejó esta tarea para que la Asamblea Nacional la incorporara en una nueva ley, pero en el cambio constitucional propuesto la retroactividad entrará en vigencia de manera inmediata al aprobarse la "reforma constitucional".

Y por si fuera poco, en la disposición final se ordena que los cambios sancionados se impriman íntegramente en un solo texto, en el cual se correjirá a discreción el resto de los artículos de la Constitución del 99, con la excusa de aplicar "la nueva terminología" señalada en la reforma constitucional, suprimiéndose o sustituyéndose según sea el caso. Lo que es lo mismo que decir que de la Constitución de 1999 no quedará ni el nombre



VenEconomía es una empresa dedicada desde 1982 al estudio y análisis del acontecer nacional, es hoy día la principal casa editora de publicaciones especializadas en el ámbito de los negocios en Venezuela. Los puntos de vista expresados no necesariamente son los de Petroleumworld.

Nota del Editor: Este comentario fue originalmente publicado por VenEconomía, el 15 de Noviembre del 2007. Reproducimos el mismo en beneficio de los lectores. Petroleumworld no se hace responsable por los juicios de valor emitidos por esta publicacion, por sus colaboradores y columnistas de opinión y análisis.

Reproducimos el mismo en beneficio de los lectores. Petroleumworld no se hace responsable por los juicios de valor emitidos por esta publicación, por sus colaboradores y columnistas de opinión y análisis.

Petroleumworld alienta a las personas a reproducir, reimprimir, y divulgar a través de los medios audiovisuales e Internet, los comentarios editoriales y de opinión de Petroleumworld, siempre y cuando esa reproducción identifique a la fuente original, http://www.petroleumworld.com y se haga dentro de el uso normal (fairuse) de la doctrina de la sección 107 de la Ley de derechos de autor de los Estados Unidos de Norteamérica (US Copyright) Internet Web links hacia http://www.petroleumworld.com.ve son apreciadas.

Petroleumworldve.com 16 11 07

Copyright ©2006
VenEconomía. Todos los Derechos Reservados.


 

Envie esa nota a un amigo

Sus comentarios son importantes para nosotros!

Invitamos a todos los lectores a enviarnos sus comentarios
y opiniones sobre este artículo.


Escriba a editor@petroleumworld.com

 

Pregunas o sugerencias, escriba a :
editor@petroleumworld.com


Se ve mejor con IE 5.01+
Windows NT 4.0, '95, '98 and ME +/ 800x600 pixels

TOP

Contacto: editor@petroleumworld.com/Teléfonos:(58 412) 996 3730 or 952 5301
www.petroleumworld.com/:
Editor -Director: Elio Ohep

Productor: Elio Ohep
Contacto:
editor@petroleumworld.com
Information legal.
Copyrigth© 2002, Elio Ohep.- Todos los derechos de autor reservados