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Comentario Editorial/Opinión

 

 

 

Chelique Sarabia : El Derecho de Autor

 

 

Estimados colegas:

Sin ánimo de polemizar y haciendo uso de la mas elemental racionalidad, de mi derecho a expresar libremente mis pensamientos, por ahora, y de mis deberes y derechos ciudadanos, considero prudente hacerles conocer mis reflexiones respecto a la pretendida modificación del artículo 98 constitucional.

La ambigüedad y la falta de claridad del texto modificado, en lo que respecta al disfrute patrimonial de los derechos que como Autor y Compositor me corresponden por la difusión y comercialización de mis obras, me hacen pensar que aunque se me reconozca la paternidad de mis canciones, no tendré derecho a disfrutar de los beneficios económicos que de su mercadeo se deriven.

He llegado a esta conclusión luego de haber leído y releído la propuesta y de recabar y analizar toda la información que al respecto ha sido publicada tanto en los medios impresos como radioeléctricos.

Partiendo del principio:

¿Sabían ustedes que entre los proponentes de dicha modificación se encuentran entre otros, la Asociación de Trabajadores de la Economía Informal, asi como la Asociación de Trabajadores Intelectuales del Sector Informal del Estado Portuguesa o la Asociación Bolivariana Autónoma de Trabajadores de CompacDisc del Estado Lara y la Fundación de pequeños comerciantes y expendedores de videos, CD’s y cassettes del Estado Zulia?

¿Se percataron ustedes que ninguno de éllos es autor o compositor?

¿Sabían ustedes que la Presidenta de la Asamblea Nacional, Señora Cilia Flores, dijo en unas declaraciones en TV “que los pobres quemadores de discos también tenían derecho a llevar el sustento a sus hogares”…?

Por supuesto que tienen derecho, está contemplado en la constitución y es un deber del estado proporcionarlo, creando las condiciones para que esto se cumpla, pero no a costa o en detrimento de otros sectores de la Sociedad que intervienen en la creación, producción y comercialización de libros, cassettes, CD’s, películas, software, entre otros y que también están amparados por el mismo derecho.

Indudablemente que con la redacción del artículo 98 constitucional en los términos planteados por la propuesta, se consigue el objetivo de conculcar el derecho patrimonial de empresas y/o particulares sobre patentes, fórmulas, marcas, lemas, franquicias, actualmente protegidas y que no están no acordes con estos aires socializantes de estos tiempos que se respiran en el país.

Sin embargo, a mi juicio, en los términos planteados en la propuesta de reforma, no solo se afecta a éllos, sino también a quienes como ustedes y yo, somos autores o compositores.

Ciertamente que de acuerdo con la interpretación que da la Sociedad de Autores y Compositores de Venezuela (SACVEN), la eliminación de la segunda parte del artículo 98, no es tal, sino que queda incluida en la primera parte del artículo modificado en concordancia con el artículo 22 constitucional actualmente vigente. Ahora bien, ¿que justifica cambiar una protección expresa que en buen castellano no necesita interpretación por una tácita sujeta a eventuales leguleyismos?

En la propuesta el legislador reemplazó la segunda parte del artículo 98 copiando casi textualmente el encabezamiento del artículo 27 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos suscrita por nuestro país el 10 de diciembre de 1948 sustituyendo la frase “toda persona tiene derecho” por la de “el estado reconocerá los derechos de todos y de todas”, quedando entonces de esta manera:

“El estado reconocerá los derechos de todos y de todas a tomar parte libremente de la vida cultural de la comunidad, a gozar de las artes y a participar del progreso científico, así como de los beneficios que de ello resulte”

Cuando analizamos el entrelineado de esta segunda parte del artículo modificado nos encontramos con que:

“el estado reconocerá los derechos de todos y de todas a tomar parte libremente de la vida cultural de la comunidad….”

Me pregunto:

¿Qué quiere decir el legislador cuando concluye que….así como de los beneficios que de ello resulten.

…quién recibe los beneficios?.....el autor, o todos y todas?....los que toman parte libremente de la vida cultural de la comunidad?....

…qué le costaba al legislador agregar la segunda parte del artículo 27 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos el cual reza:

“Toda persona tiene derecho a la protección de los intereses morales y materiales que le corresponden por razón de las producciones científicas, literarias o artísticas de que sea autor”

En esta época de “cambios profundos” pudiere pasar que al Presidente se le ocurra denunciar los tratados, convenios o acuerdos internacionales suscritos por gobiernos anteriores, por no estar en línea con su proyecto político, o modificar por vía de futura enmienda o reforma discutida relancinamente, el citado artículo 22 de la constitución vigente el cual reza:

“La enunciación de los derechos y garantías contenidas en esta constitución y en los instrumentos internacionales sobre derechos humanos no debe entenderse como negación de otros que, siendo inherentes a la persona, no figuren expresamente en ellos. La falta de ley reglamentaria de estos derechos no menoscaba el ejercicio de los mismos”

De éllo ocurrir, ni siquiera tendríamos entonces la “protección implícita” ya mencionada.

Con estas reflexiones solo pretendo contribuir al entendimiento y comprensión de un tema, que si bien no atañe de manera directa a toda la población, es de interés de “todas y todos” los creadores de Venezuela, sin distingo político, en especial de los que hemos tenido la suerte de haber “enriquecido” de alguna manera el patrimonio cultural universal, llevando a otras latitudes nuestro sentir venezolanista a través de nuestras obras, con lo que hemos llenado de orgullo a toda nuestra gente que se ha visto reflejada y congraciada con nuestro éxito que es el de todos nosotros.

Estimados colegas, amigos, hermanos….saquen ustedes sus propias conclusiones!

Yo, las mías,… ya las saqué!

NO A LA REFORMA

Chelique Sarabia

 


Chelique Sarabia
es un músico y compositor Venezolano, sus obras son reconocidas an nivel mundial. Los puntos de vista expresados no necesariamente son los de Petroleumworld.

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